Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia y mecanismos de evaluación de candidaturas que contravenían el modelo federal. La decisión fue tomada en la sesión del Pleno celebrada el 23 de marzo de 2026, con la participación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Poder Ejecutivo Federal como actores en los procesos.
En el caso de Durango, la Corte determinó que la norma que establecía el carácter privado de las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia violaba principios de transparencia y publicidad. Además de esta disposición, fuentes indican que también se invalidaron artículos relacionados con la duración de los mandatos de los magistrados, aunque los detalles específicos de estas otras disposiciones no fueron completamente especificados en los reportes iniciales. La resolución busca garantizar que la justicia estatal se ejerza bajo criterios de apertura consistentes con la Constitución federal.
Respecto a Nayarit, la SCJN declaró inconstitucional el mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único, por considerar que este esquema contravenía el modelo federal establecido para la selección de funcionarios judiciales. Asimismo, la Corte reconoció una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit al no incorporar en su normativa los principios de insaculación y paridad de género, elementos considerados fundamentales para garantizar la equidad en el acceso a la justicia.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron impulsadas tras las reformas aprobadas por los congresos locales de ambas entidades, las cuales generaron controversia sobre su alineación con el pacto federal. La intervención de la Suprema Corte tiene como objetivo uniformar los criterios de operación de los poderes judiciales estatales y asegurar que las normas locales no contradigan los estándares nacionales en materia de transparencia, evaluación y derechos humanos.
La resolución de la SCJN obliga a los estados de Durango y Nayarit a modificar sus marcos normativos para adecuarlos a lo dispuesto por la Corte. Si bien el criterio sobre la publicidad de las sesiones surgió como resultado de la acción contra Durango, se espera que este precedente influya en la interpretación de normas similares en otras entidades federativas. La implementación de estos cambios quedará bajo la responsabilidad de los legislativos locales, quienes deberán emitir nuevas disposiciones que respeten los principios constitucionales validados por el máximo tribunal.