Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de la reforma que reserva exclusivamente al Estado mexicano la exploración y explotación del litio. La resolución, emitida el 24 de marzo de 2026, dio respuesta a la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por una minoría de senadores de oposición contra los cambios realizados a la Ley Minera en 2022.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra actuó como ponente del proyecto de sentencia, el cual fue aprobado por el alto tribunal. En su resolución, la Corte avaló específicamente los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera reformada, confirmando la facultad del Estado para controlar este recurso estratégico sin la participación de privados en esas etapas.
Un punto central de la discusión jurídica fue la obligación de realizar consultas previas a pueblos indígenas y afromexicanos. La SCJN concluyó que no era requerida dicha consulta para esta norma, bajo el argumento de que se trata de una disposición de carácter general que no genera un impacto directo e inmediato sobre las comunidades, diferenciándola de proyectos específicos de explotación.
La decisión mantiene vigente el marco legal establecido durante la administración precedente, que nacionalizó la cadena productiva del litio. Con este fallo, se cierra la vía legal abierta por los legisladores opositores que buscaban revertir la exclusividad estatal mediante el mecanismo de controversia constitucional.
La declaración de constitucionalidad asegura la permanencia de la política energética y minera actual respecto a este mineral, consolidando la posición del Estado como único titular de los derechos de exploración y extracción en el territorio nacional.