marzo 28, 2026
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Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la empresa Xcaret debe dejar de utilizar elementos de la cultura Maya en toda su publicidad y sitio web como medida cautelar, mientras se resuelve el fondo del conflicto legal entre la compañía turística, el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) y miembros de la comunidad Maya. La decisión fue aprobada por una votación de siete ministros a favor y dos en contra, priorizando la protección del patrimonio ancestral sobre los intereses comerciales.

El proyecto de resolución, defendido por la ministra María Estela Ríos González, estableció que la inversión privada no faculta a las empresas para disponer indebidamente del patrimonio cultural de los pueblos indígenas ni del patrimonio de la nación. La ponente argumentó que la protección de estos bienes es de interés público y social, lo cual tiene mayor peso jurídico que el aspecto económico de una entidad privada, rechazando analogías con proyectos de infraestructura pública como el Tren Maya.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel emitió un voto disidente, manifestando su preocupación por desconocer la voluntad del Gran Consejo Maya, entidad que firmó un acuerdo comercial con Xcaret. En su intervención, Esquivel destacó que se recibió un escrito con 209 firmas de comisariados ejidales, alcaldes, delegados, subdelegados y jueces tradicionales que apoyan dicho convenio, el cual incluye una contraprestación económica para la comunidad.

La controversia surgió después de que el Indautor ordenara medidas cautelares para retirar contenidos publicitarios con simbología indígena, acción que Xcaret impugnó alegando contar con autorización del Gran Consejo Maya. Aunque un juzgado de distrito había concedido inicialmente una suspensión definitiva a la empresa, el pleno de la SCJN revirtió esta decisión al considerar que el contrato con el consejo no acredita el consentimiento de todo el pueblo Maya integrado por múltiples comunidades en la península de Yucatán.

Con este fallo, el conglomerado turístico deberá ajustar sus materiales promocionales de inmediato sin que esto implique una resolución definitiva sobre el litigio de fondo. La Corte mantendrá la medida de suspensión del uso de los símbolos hasta que se dilucide la disputa legal respecto a la legitimidad de la representación y los alcances de la protección del patrimonio cultural maya en actividades comerciales.

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