Ciudad De México, 02 de junio de 2026.- El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) se pronunció tras la apelación de la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) contra la FIFA y resolvió parcialmente anular la clausura de las gradas impuesta al Tricolor por el grito homofóbico de aficionados.
La Formación Arbitral estimó una de las apelaciones y anuló la clausura parcial del 15 por ciento de las gradas para el próximo partido de Nivel A de la FIFA del equipo mexicano. Sin embargo, el TAS determinó que la FMF aún debe pagar multas de 60 mil y 80 mil francos suizos, equivalentes a unos 76 mil 235 y 101 mil 656 dólares, respectivamente.
El origen de las sanciones se remonta al verano de 2024, cuando el Sistema de Vigilancia Antidiscriminación de la FIFA reportó el uso del grito homofóbico durante tres partidos amistosos contra Bolivia, Uruguay y Brasil, dos de los cuales fueron interrumpidos temporalmente. En septiembre de ese año, la Comisión Disciplinaria de la FIFA declaró responsable a la federación e impuso la multa de 60 mil francos y el cierre parcial, decisión confirmada posteriormente por la Comisión de Apelación.
Posteriormente, en octubre de 2024, el grito fue reportado en otro amistoso contra Estados Unidos, lo que generó un nuevo procedimiento. En noviembre de 2024, la Comisión Disciplinaria impuso una multa adicional de 80 mil francos suizos, resolución que también fue confirmada en apelación.
Ante esto, la FMF presentó dos apelaciones distintas ante el TAS en marzo y junio de 2025. En su recurso, la federación argumentó que ha realizado los “mayores esfuerzos posibles para educar, prevenir y erradicar el cántico” y sostuvo que las sanciones no son eficaces para influir en el comportamiento de los aficionados ni para disuadir la reincidencia.
La FMF solicitó dejar sin efecto la decisión o sustituirla por un plan de acción conjunto, alegando que los incidentes fueron de “carácter aislado y de corta duración”. No obstante, tras una audiencia presencial en Miami el 3 de marzo de 2026 y el examen de imágenes, la Formación Arbitral observó que la conducta fue de forma “masivamente colectiva y mayoritaria”, y que no fue solo de carácter coyuntural.
A pesar de lo anterior, el TAS reconoció la “singularidad de la situación” en su fallo, lo que derivó en la anulación parcial de la medida de cierre de estadio, manteniendo vigentes las sanciones económicas.