junio 25, 2026
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Ciudad De México, 25 de junio de 2026.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para la vinculación de la CURP con las líneas telefónicas celulares, modificando la fecha límite originalmente establecida para el 30 de junio de 2026. En su lugar, el organismo estableció un calendario escalonado para que los usuarios de prepago completen el trámite entre agosto y diciembre de 2026.

La nueva fecha límite dependerá del último dígito del número telefónico. Para los números que terminan en 0, el plazo vence el 15 de agosto, mientras que para los que terminan en 1 es el 31 de agosto. Posteriormente, los dígitos 2 y 3 tendrán como fechas tope el 15 y 30 de septiembre, respectivamente. El calendario continúa con el 15 y 31 de octubre para los dígitos 4 y 5; 15 y 30 de noviembre para el 6 y 7; y finaliza con el 15 y 31 de diciembre para los dígitos 8 y 9.

La CRT advirtió que, vencido el plazo correspondiente a cada dígito, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de las líneas no vinculadas en las siguientes 72 horas. Durante esta suspensión, las líneas solo podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo. Una vez que se vincule la línea, la compañía telefónica restablecerá todos los servicios, incluyendo llamadas, mensajes y datos móviles.

Hasta la fecha del anuncio, ya se encuentran vinculadas 63 millones de líneas, de las cuales 40.2 millones son de prepago y 22.8 millones son de pospago. Se indicó que las líneas de pospago generalmente ya se encuentran asociadas a una persona desde su contratación y no requieren un nuevo trámite. El trámite no lo realiza el gobierno, sino que se lleva a cabo directamente ante las compañías telefónicas, las cuales únicamente asocian nombre y CURP del usuario al número, eliminando cualquier otro dato o imagen usado durante el proceso.

El registro busca eliminar el anonimato para la comisión de delitos como fraude o extorsión. La CRT señaló: “Cada número telefónico debe estar a nombre de una persona, a fin de eliminar el anonimato que ha permitido que la delincuencia cometa delitos como fraude o extorsión”. Asimismo, se precisó que en caso de que se cometa un delito que involucre el uso de una línea, las autoridades competentes pueden solicitar información a las compañías telefónicas, cumpliendo las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales. Con esta medida, México se suma a una práctica vigente en 166 países donde la activación de líneas requiere identificación del usuario.

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