Nueva York, 29 de marzo de 2026.- La Corte de Apelaciones de Nueva York revocó el fallo de primera instancia que ordenaba a la República Argentina pagar más de 16,000 millones de dólares como compensación a accionistas minoritarios de YPF. La decisión judicial, emitida este viernes, representa una victoria para el Estado argentino en el litigio originado por la expropiación del 51% de las acciones de la petrolera realizada en 2012 durante el gobierno de Cristina Kirchner.
El tribunal estadounidense sostuvo que la jueza Loretta Preska, quien había fallado en contra de Argentina en 2023, realizó una interpretación errónea de la legislación argentina. Según la Corte de Apelaciones, la magistrada trató los estatutos de YPF como si fueran un contrato bilateral, cuando bajo la ley argentina no tienen esa naturaleza. Con el voto en disidencia de uno de los tres jueces, el caso fue devuelto a la instancia inferior.
La demanda fue impulsada por inversores minoritarios, entre ellos Petersen Energía y Eton Park, patrocinados por el fondo Burford Capital. Los actores alegaron discriminación al no haber recibido la misma oferta económica que la petrolera española Repsol, entidad con la que el gobierno argentino acordó en 2012 una compensación de 5,000 millones de dólares.
El presidente Javier Milei celebró rápidamente el fallo, el cual despeja lo que se consideraba un riesgo judicial significativo para el horizonte económico del país. Por su parte, Axel Kicillof, gobernador de la provincia de Buenos Aires y exministro de Economía al momento de la expropiación, señaló que al mandatario le costará explicar por qué festeja que los fondos de inversión no tuvieran razón en su reclamo.
La defensa del Estado argentino mantuvo durante los últimos años la postura de que la legislación nacional prevalece sobre los estatutos de una empresa, argumento que finalmente fue respaldado por la Cámara de Apelaciones. La revocación de la sentencia evita por ahora el desembolso de los más de 16,000 millones de dólares exigidos por los demandantes.